🐲 Convenio Colectivo Registro De La Propiedad

Resolución de 13 de febrero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de los registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles y su personal auxiliar., Ministerio de Trabajo y Economía Social. Publicación del BOE de 27 febrero, 2020. Boletín Oficial del Estado BOE-A-2020-2802. Publicación oficial BOE-A-2020-2802

La Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España han suscrito con fecha 21 de septiembre de 2021 un Convenio para la transmisión de información registral de carácter censal, la mejora de las comunicaciones electrónicas y el acceso a través de internet

Visto el texto del VII Convenio colectivo estatal para las empresas de gestión y mediación inmobiliaria (Código de convenio: 99014585012004), que fue suscrito, con fecha 29 de octubre de 2019, de una parte por la organización empresarial Federación de Asociaciones de Empresarios Inmobiliarios (FADEI), en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones
del II Convenio colectivo de los registradores de la propiedad y mercantiles y su personal auxiliar (Código de convenio: 99007765011993), publicado en el «BOE» de 10 de octubre de 2013, acuerdo que fue suscrito, de una parte, por la Asociación

Laudo arbitral. El laudo arbitral de 16/01/2017 sobre interpretacion del II Convenio colectivo de los registradores de la propiedad y mercantiles y su personal auxiliar, sostiene que la fecha de cómputo del período de prestación de servicios de cinco años ininterrumpidos por los Auxiliares para acceder a las pruebas de ascenso al grupo V, Oficiales, ha de ser el último día laborable del

Artículo 90. Validez. 1. Los convenios colectivos a que se refiere esta ley han de formalizarse por escrito, bajo sanción de nulidad. 2. Los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral competente, a los solos efectos de registro, dentro del plazo de quince días a partir del momento en que las partes negociadoras lo firmen.

Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. Segundo. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

El nuevo Convenio tendrá vigencia desde 2024 y en sucesivos comunicados os iremos informando detalladamente de las distintas propuestas sindicales que vamos a defender, así como del avance de la negociación. UGT somos un sindicato reivindicativo, y queremos seguir apoyando a las personas que trabajáis en los registros. Visto el texto del II Convenio colectivo de los registradores de la propiedad y mercantiles y su personal auxiliar (Código de Convenio nº: 990077650011993), que fue suscrito, con fecha 1 de julio de 2013, de una parte por la Asociación Profesional de Registradores (APR), en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales Sindicato Independiente de El nuevo convenio firmado por los agentes sociales tiene una vigencia de cuatro años (2023, 2024, 2025 y 2026). Para este 2023 se ha pactado un incremento salarial del 4%, consolidado en tablas y
Impacto económico del nuevo convenio colectivo en el sector del registro de la propiedad. Si bien el nuevo convenio colectivo supone un aumento en los costes laborales para las empresas del registro de la propiedad, también resulta beneficioso en términos económicos. Al mejorar las condiciones laborales de los trabajadores, se promueve su
CONVENIO COLECTIVO DE LOS REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES Y SU PERSONAL AUXILIAR Preámbulo La vertebración jurídica de las relaciones entre los Registradores de la Propiedad y Mercantiles y sus empleados ha sido objeto de profundas modificaciones a lo largo de su historia. El convenio determina el nivel mínimo de remuneración de los registradores, que actualmente es de 1.510 euros al mes, y se aplica a todas las empresas registradoras del país. La tarifa salarial por hora, que suele fijarse en 9,21 euros por hora, es un elemento fundamental incluido en el convenio.
PARTES SIGNATARIAS. Son partes signatarias del presente convenio colectivo de trabajo, la ”Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina”, con domicilio real ubicado en Avda. Belgrano 1870, Capital Federal por el sector sindical, y por el empresario la ”Cámara Argentina de la Construcción” con domicilio real ubicado en la
Registro de la propiedad nº 1. Algunos acuerdos históricos que aún no han finalizado expirarán automáticamente (extinción) el 7 de diciembre de 2023, a menos que solicite y se le conceda una prórroga. Para más información, consulte Expiración de acuerdos zombis. Visite la página Acuerdos celebrados antes del 1 de enero de 2010 en el

A los efectos de su inscripción en el Registro de la Propiedad, la DGRN ha sostenido que el convenio regulador es un documento privado que por la homologación judicial puede funcionar como documento público e inscribible, pero solamente respecto de aquellas materias que son contenido propio del convenio, al tenor del mencionado artículo 90

Mercantiles de España. Visto el Convenio Colectivo de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, que fue suscrito con fecha 29 de julio de 1992, de una parte, por CSI-CSIF y Sindicato de Empleados de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles de Cataluña -ARC-, en representación de los trabajadores, y 16197. Resolución de 29 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas de 2022 y las tablas salariales iniciales del año 2023 del VII Convenio colectivo estatal para las empresas de gestión y mediación inmobiliaria. Visto el texto del Acta de la Comisión Paritaria
Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acuerdo sobre la modificación de los artículos 1, 8, 15, 28 y 31 del Convenio Colectivo de la empresa Extremadura Avante, SLU, (Código de Convenio 81100013012014).
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